La inspección, liquidación y regularización de Huerta y su sociedad se hizo bajo Zapatero

Màxim Huerta
i Ernesto Ekaizer
13/06/2018
2 min

MadridLa actuación inspectora de los servicios de Hacienda sobre Máxim Huerta y su sociedad AlMáximo Profesionales de la Imagen SL, se abrió en 2011, bajo el mandato de Elena Salgado como ministra de Economía y Hacienda y de José Manuel López Carbajo, entonces director de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

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Según se deja constancia en el fundamento quinto de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 16 de mayo de 2017, “el 2 de junio de 2011 la Inspección procedió a entregar comunicación a ambas partes vinculadas [a Huerta y a ALMáximo] en relación con los métodos y criterios que serán tenidos en cuenta en el procedimiento para practicar la valoración por el valor normal del mercado en operaciones vinculadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.1 c) del Real Decreto 1777/2004”.

En otros términos, las afirmaciones realizadas por Huerta en su rueda de prensa, en el sentido de que "se llegó a decir que aquellas inspecciones retroactivas eran una caza de brujas contra los críticos con aquel Gobierno [del PP]”, carecen de veracidad.

La base de la liquidación y regularización que se le realizó a él y a su sociedad se confeccionó durante la administración tributaria del gobierno de Rodríguez Zapatero.

Casi un año más tarde, el 15 de mayo de 2012, seis meses después de la formación del gobierno de Mariano Rajoy, la inspectora regional adjunta, Madrid, adoptó resolución sancionadora.

En la sentencia apuntada, de 16 de mayo de 2017, se señalan las conclusiones de la actuación inspectora en 2011.

“A modo de resumen previo, puede decirse que AlMaximoProfesionales de la Imagen es una sociedad que únicamente emite facturas, realiza la correspondiente gestión de cobro de las mismas y realiza pagos. (Además, como se explica más adelante una parte de dichos pagos se corresponden con gastos de los que no se ha acreditado que estén relacionados con el ejercicio de la actividad de dicha sociedad, tal y como se refleja en la propuesta de regularización)”

Y concluye: “Se trata, por tanto de una sociedad que no añade ningún margen, ni aporta valor añadido alguno a la actividad de los artistas, de carácter personalísima, realizada para los clientes por parte de Adolfo [nombre que oculta el de Huerta], no asumiendo ningún riesgo ni aportando ningún activo propio relevante”.

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